2013-01-13

INFORMATIVO PERMISOS RETRIBUIDOS

para bcc:
A todos los trabajadores:
¿NOS TOMAN POR TONTOS (1)?

Ayer, 9 de enero, nos llamó la atención la publicación, en primera plana de nuestra intranet, de la nueva NORMATIVA DE PERMISOS RETRIBUIDOS que entra en vigor en nuestro hospital, a consecuencia de recientes cambios legales en el EBEP (Estatuto Básico del Empleado Público).

Aún nos lo estamos estudiando, pendientes de la opinión de nuestro abogado en algunos temas. Sin embargo, de entrada, nos hemos dado cuenta de algunas "equivocaciones" que, como viene siendo habitual, van en contra de los derechos de los trabajadores.

La primera de ellas es la utilización del concepto de AREA METROPOLITANA: las dos leyes a que hace referencia la normativa dejan claro que el su aplicación tiene en cuenta el MUNICIPIO, y no el área metropolitana.

Para poner un ejemplo, hablaremos del permiso por "fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad", que, según el EBEP, concede "tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma LOCALIDAD, y cinco días hábiles cuando sea en distinta LOCALIDAD".
Además del SENTIDO COMUN (es decir, localidad no es igual a área metropolitana), la ley catalana de conciliación de la vida laboral y familiar (8/2006), la cual parecen utilizar solamente cuando les conviene, dice " El permís per mort, accident, hospitalització o malaltia greu d'un familiar fins al segon grau de consanguinitat o afinitat té una durada de dos dies laborables. Aquest permís és ampliable a quatre dies si el fet es produeix en un MUNICIPI diferent del MUNICIPI del lloc de treball. Excepcionalment i per motius degudament justificats, es pot ampliar el permís fins a sis dies laborables", lo cual deja clarísimo que LOCALIDAD = MUNICIPI.

Así, la diferencia es que, si hacemos lo que nos manda la empresa y nuestro familiar enferma, se accidenta o fallece en Badalona, dispondremos de   3 días de permiso retribuido. Por otro lado, SI SE CUMPLE LA LEY, dispondremos de 5 días.

La Sección Sindical de CGT del Hospital de Viladecans ha solicitado a la Junta de Personal que pida explicaciones a la Empresa respecto a su imposición de la utilización del área metropolitana en la normativa de permisos retribuidos.