2013-01-21

ANOMALIAS EN LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL POR PARTE DEL ICS

Desde la Federacion de sanidad de la CGT de Catalunya, queremos informar a todos los trabajadores de hospitales y atención primaria de unas anomalías que se están produciendo en algunos casos que hemos examinado (sin saber aún el alcance total) en el cálculo de la Base de cotización, que está utilizando el ICS, utilizando una menor de lo que corresponde.
Así, todas las retribuciones que perciben mensualmente los trabajadores del ICS desde mayo de 2010, están recortadas (5%) en aplicación del RD-ley 8/2010, y se garantizaba que para el cálculo de las prestaciones por contingencias comunes y profesionales , debía mantenerse la base de  cotización correspondiente a la situación anterior a los recortes."Disposición adicional séptima. Cotización al régimen general de la seguridad social".
Desde el 1 de junio al 31 de diciembre  de 2010, la base de cotización por todas las contingencias de los empleados públicos encuadrados en el Regimen de la Seguridad Social cuyas retribuciones sean objeto del ajuste previsto en el Real Decreto Ley , en tanto permanezca su relación laboral o de servicio, se´ra coincidente con la del mes de mayo , salvo que por razón de las retribuciones que percibieran pudieran corresponder una de mayor cuantía en cuyo caso será ésta por la que se efectuará la cotización mensual.

http://www.in-formacioncgt.info/juridico-sind/boletines/bi-128.pdf

A partir del RD-ley 20/2010 es mayoritariamente cuando se produce la reducción ilegal de la base de cotización que se aplica haciendo una interpretación del siguiente artículo:
Artículo 5 Cotización al Regimen de la Seguridad Social
A efectos del cálculo de la Base de cotización por todas las contingencias de empleados públicos encuadrados en el Regimen General de la Seguridad Social seguirá siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 120. Dieciseis de la ley 2/2012 de 29 de junio de presupuestos generales del Estado para 2012.
Tenéis que comprobar en vuestra nómina de la base de cotización (en la nómina pone Total regularitzat/ Base reguladora) no incluya ninguna modificación respecto a la que teniais antes de mayo de 2010. Tenéis que tener una base de cotización mayor que vuestras retribuciones , si no, es que habeis sufrido una "supuesta modificación" contractual.
Los trabajadores que han sufrido ésta modificación-reducción no se les ha notificado y no existe ninguna instrucción o circular oficial que explique éste cambio de cotización, que se ha dado en todas las Administraciones de la Generalitat yb Estatal.
Desde CGT ponemos a disposición de los trabajadores un modelo de reclamación ante la TGSS, para hacer las reclamaciones oportunas.